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R. EMERJ, Rio de Janeiro, v. 19, n. 72, p. 93 - 139, jan. - mar. 2016

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III. UNA TEORÍA DEL DERECHO

“Una teoría crítica del derecho es una lectura que cuestiona los fun-

damentos de lo que es el derecho y de lo que es una teoría acerca del

derecho. Es una lectura que es al mismo tiempo una decisión.

’Una lectura crítica no es, por definición, un ejemplo de lectura in-

genua, no es una lectura a través de la cual se conoce lo que es como es.

Esto de que haya algo que 'es lo que es', resulta inaceptable para un juris-

ta crítico. En términos más clásicos, la afirmación de que las cosas son lo

que son, de que es factible acceder a su esencia es incompatible con un

pensamiento crítico.”

Veamos qué ocurre si pienso que el derecho es discurso y práctica

social y no pura normatividad. Qué ocurre si pienso que no hay un mun-

do de valores inmutables, eternos y universales que definen cuándo una

norma es jurídica ni una relación de derivación de una norma a otra que

asegure su validez. Qué ocurre si pienso que la legitimidad no es idéntica

a la validez, pero tampoco es la realización inevitable de un modelo axio-

lógico ajeno al mundo social y político en el que se presenta. Qué ocurre si

pienso que el discurso jurídico se construye en un entretejido de discursos

sociales diversos, aludidos y eludidos en cada tramo de esa construcción

– y no por azar-. Qué ocurre si pienso que el derecho no deviene ni de la

pura razón, ni de Dios. Que es parte de la cultura, que es contingente y

cambiante, que es opaco, que las ficciones lo atraviesan y que su trama es

la de un relato peculiar que constituye realidades, relaciones, sujetos, que

legitima o deslegitima pedazos del mundo, que “naturaliza” y declara ver-

daderos sólo aquellos que incluye en su texto bajo determinadas formas.

Qué ocurre si pienso que el derecho tiene un vínculo con el poder y con

la violencia (sobre todo con esta última) inescindible y necesariamente

oculto. Y por fin que ocurre si pienso que hay historia en el derecho y que

el derecho moderno lleva las marcas del tiempo en que surgió y también

metaboliza, modificándolas, las herencias recibidas, con lo cual desmien-

te toda lectura instrumentalista de su estructura.

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5 RUIZ, Alicia E. C.; “Miradas, Lecturas, Teorías”, ponencia presentada el 4 de octubre de 2007 en las XXI Jornadas

Argentinas de Filosofía Jurídica y Social, organizado por la Asociación Argentina de Filosofía del Derecho, celebradas

en la ciudad de Bs. As y se ha publicado una versión en portugués “Olhares - Leituras - Teorias” ("Miradas - Lecturas

- Teorías"), en

Responsabilidades, Revista Interdisciplinar do Programa de Atenção Integral ao Paciente Judiciário

(PAI-PJ) Volumen 2, Número 1 (marzo a agosto de 2012), publicada por el Tribunal de Justiça de Minas Gerais, a

través de su Escola Judicial – EJEF, ISSN 2236-935X. P. 111- 122.