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R. EMERJ, Rio de Janeiro, v. 19, n. 72, p. 82 - 92, jan. - mar. 2016

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Estos crímenes generan también una gran atención mediática y los

homicidios de mujeres se han transformado en un ancla noticiosa para

los medios de comunicación. Es la noticia que abre los noticiarios, a me-

nudo en notas caracterizadas por la explotación de la morbosidad. Son

crímenes que en términos de producción periodística son muy baratos de

cubrir, basta la información policial, las imágenes de la calle donde vivía

la víctima, se pregunta a un vecino si el homicida era tranquilo o no. Son

noticias muy baratas y convenientes mediáticamente.

También los procesos de tipificación del femicidio/feminicidio se

han beneficiado de factores político-legislativos, o ventajas político-elec-

torales. Primero, la tipificación del feminicidio ha eliminado uno de los

principales problemas que tenían las autoridades estatales cuando se ha-

blaba de feminicidio, pues cuando se hablaba de feminicidio se estaba

apuntando al Estado. La tipificación del feminicidio elimina la responsa-

bilidad del Estado del discurso público (aunque no lo haga en un sentido

jurídico, desde la perspectiva de derechos humanos), se habla de res-

ponsabilidad individual, de la responsabilidad del hombre que asesinó a

una mujer. Se elimina el cuestionamiento al Estado con la tipificación, y se

habla individualmente de la responsabilidad penal de cada agresor. Una

segunda ventaja política es que, como en el feminicidio las víctimas son

“víctimas absolutas”, estas leyes en casi todos los países se aprueban por

unanimidad, porque la derecha y la izquierda, todos los colores políticos,

están contra el feminicidio. A diferencia de otros temas de la agenda fe-

minista, como por ejemplo, en relación a derecho al aborto, la igualdad

salarial, o la participación política, que nunca tienen un eco en el poder

legislativo o son abiertamente rechazados.

En tercer lugar, son leyes penales de costo cero. Se trata de leyes

que no suponen ningún costo adicional para el Estado. Se introduce un

tipo penal que además no es un nuevo delito, es decir, es un crimen que

hasta antes de la tipificación se investigaba y sancionaba como homicidio.

No suponen costos económicos y son, por otro lado, altamente rentables

políticamente.

Lamentablemente, la mayor parte de las leyes no han supuesto una

inversión seria en políticas de prevención del femicidio/feminicidio. Pero

además hay otro fenómeno, muy característico de los países latinoameri-

canos: los límites de la acción del estado neoliberal. El estado neoliberal

no tiene interés en incidir en la prevención, en políticas de educación, en