

R. EMERJ, Rio de Janeiro, v. 19, n. 72, p. 82 - 92, jan. - mar. 2016
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embargo, criticaron que si hubiera sido un ataque racista nadie hubiese
dicho que se trataba de un loco, pues los asesinatos racistas son crímenes
políticos, cometidos por una ideología de la supremacía blanca. El hecho
que haya “loco” involucrado no impide ver que hay un móvil político. Ellas
enfatizaron que, en este caso también, había un móvil político, al igual
que cuando un marido mata a su esposa porque siente que le pertenece,
o los casos de asesinatos de mujeres que, de alguna manera, “desobede-
cen” las normas patriarcales.
Hay muchas y variadas definiciones de
femicidio
1
. De hecho, en
Estados Unidos hay textos de criminología que hablan de femicidio para
aludir a cualquier asesinato de mujeres, sea por razón de género o no.
Hay también definiciones mucho más restringidas, que sólo incluyen los
asesinatos de pareja íntima.
En Latinoamérica ha habido dos líneas de la traducción de femicide.
Una es
femicidio
, la palabra que se usa, por ejemplo, en Costa Rica, en
Chile o Argentina, y es
feminicidio
que fue, sobre todo, utilizada en Mé-
xico y Guatemala en los primeros años de denuncia del feminicidio en la
década de 1990, y que se utiliza también en países como Perú y Colombia.
Sin duda, los graves crímenes contra mujeres denunciados desde
principios de la década de 1990 en el Estado de Chihuahua, en el norte
de México, conocidos como los feminicidios de Ciudad Juárez, han sido
la causa de la trascendencia la denuncia de los homicidios de mujeres en
todo el continente. Las desapariciones y cruentos asesinatos de mujeres
en Ciudad Juárez y la impunidad - pues no se investigan las desapariciones
ni se cumplía con las diligencias más básicas de una investigación - en que
permanecían comenzaron a ser denunciados sistemáticamente por las or-
ganizaciones feministas.
Activistas mexicanas y en particular la antropólogaMarcela Lagarde,
quien fue también diputada en el Congreso Federal en México, decidieron
tomar el concepto femicide para denunciar estos crímenes, traduciéndolo
como feminicidio. Ellas, sin embargo, enfatizaron que el feminicidio no es
solo un asesinato de mujeres por razones de género, sino también está
constituido por la impunidad del Estado.
1 Para el Comité de Expertas/os (CEVI) del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará, femi-
cidio es “la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad
doméstica o en cualquier otra relación interpersonal: en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea
perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión”. Se trata de una definición que retoma los
elementos de la definición de violencia contra la mujer contenida en la misma convención.