

R. EMERJ, Rio de Janeiro, v. 18, n. 67, p. 105 - 118, jan - fev. 2015
107
hoy es imposible siquiera mantener una discusión pública serena sobre
este tema. Las iglesias católica y evangélica, principalmente, convierten
en una batalla simbólica campal cada intento de poner sobre la mesa ra-
zones para una normación del aborto según los principios laicos que des-
de un punto de vista constitucional debieran corresponder a una repúbli-
ca aconfesional como la brasileña.
Pero algo parecido sucede en países como España, donde el po-
der social y político de la Iglesia católica (fruto de una transición de la
dictadura a la democracia muy incompleta) ha impedido hasta la fecha
(a pesar de avances significativos producidos en los últimos años) una au-
todeterminación en materia de moral sexual y familiar, similar a la que
gozan países como Holanda (con el menor índice mundial de embarazos
no deseados) o Noruega (con la mayor proporción de mujeres en lo alto
del escalafón laboral). Podría decirse que los países que en los albores de
la modernidad política acometieron la Contrarreforma siguen lastrados
aún hoy por las estrecheces de la horma sexual cristiana.
Este artículo pretende reflexionar sobre el tratamiento jurídico del
aborto desde una perspectiva laica y aconfesional, aportando razones (y
no pasiones) para una reforma democratizadora de la interrupción del
embarazo a la altura de un país moderno como Brasil.
2. Mujeres minoradas socialmente
Una de las cosas que está mostrando la crisis mundial (a pesar de la
desatención que recibe en la opinión pública) es que, cuando la economía
retrocede, las mujeres son las más perjudicadas en términos de género.
Es decir, que los avances logrados en este campo por los sujetos subordi-
nados en la estructura social patriarcal (traducidos en derechos que a su
vez tienen un coste económico cuantificable para el estado y para otros
sujetos) están condicionados a la evolución del campo económico
1
.
Se agrava así una situación de desigualdad estructural que vemos
plasmada cada día en las mujeres extranjeras en situación irregular, en las
prostitutas a quienes se niegan los derechos laborales básicos, en las muje-
1 Lo he mostrado en: “La crisis económica como oportunidad para repensar las relaciones de género”,
Cuadernos
Electrónicos de Filosofía del Derecho
, nº 25, junio 2012, p. 1-23,
http://ojs.uv.es/index.php/CEFD.Sobre el carácter
económico, cuantificable, de los derechos, que permite hacer una lectura no idealista de los mismos, vid.: ESTÉVEZ,
JOSÉ ANTONIO (ed.).
El libro de los deberes
. Madrid: Trotta, 2013, en cuyo capítulo V analizo desde esta óptica las
limitaciones de las estrategias de conquista de derechos sexuales.