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R. EMERJ, Rio de Janeiro, v. 19, n. 4, p. 125 - 136, Setembro/Dezembro. 2017

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Reconoce que la mediación puede contribuir a la solución de los con-

flictos y a una justicia penal con resultados más constructivos.

Por todo ello, recomienda a los gobiernos de los estados miembros

que inspiren su legislación y práctica internas en los principios de la Reco-

mendación para ponerlos en marcha progresivamente y dar a este texto la

más amplia difusión posible.

Define la mediación, entendida como un proceso mediante

el cual víctima e infractor, voluntariamente se reconocen capacidad

para participar activamente en le resolución de un conflicto penal,

gracias a la ayuda de una tercera persona imparcial, el mediador

y

establece los principios generales de actuación, orientados tanto a las juris-

dicciones penales juveniles como a la jurisdicción penal de adultos.

Entre estos principios generales recoge que la mediación en el ámbito

penal tendría que ser un servicio generalmente disponible y que habría de

ser posible en todas las fases del procedimiento penal.

Por otra parte, en los fundamentos jurídicos, prevé que la legislación

tendría que facilitar la mediación en el ámbito penal.

Entre otros criterios, propone que la mediación únicamente se haga

con el libre consentimiento de las partes, tanto para iniciarla como para

dejarla en cualquier momento del proceso. En cuanto al contenido de la

mediación, es confidencial y no se puede utilizar la mediación como una

prueba de culpabilidad en los procedimientos penales.

También, establece criterios de derivación, y de funcionamiento de

los servicios, los cuales considera que tendrían que gozar de suficiente auto-

nomía. Igualmente define las líneas de actuación en relación con la formaci-

ón, el rol y las funciones de los mediadores, etc.

UNION EUROPEA

Decisión Marco (2001/220/JAI) del Consejo de la Unión Euro-

pea, de 15 de marzo de 2001, relativa al Estatuto de la Víctima en el

Proceso Penal.

En las consideraciones previas de la Decisión Marco, se estima que de

acuerdo con el plan de acción del Consejo y de la Comisión, esta Decisión se

orienta a buscar la mejor manera de aplicar las disposiciones del Tratado de

Ámsterdam, relativas a la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia.

Establece un marco normativo de actuaciones a desarrollar, a nivel

de la Unión Europea, a fin de que los estados miembros las incorporen a