Revista da EMERJ - V. 21 - N. 2 - Maio/Agosto - 2019

 R. EMERJ, Rio de Janeiro, v. 21, n. 2, p. 127-138, Maio-Agosto, 2019  134 justifica analiticamente sua decisão, edificando uma narrativa verdadeira a partir das exposições feitas no processo. O juiz age enquadrado pela fundamentação, este é o fator delimita- dor de sua atuação, quer no Brasil, quer na Espanha, como vemos trans- crito abaixo no comando normativo: Artículo 218. Exhaustividad y congruencia de las sentencias. Motivación. 1. Las sentencias deben ser claras, precisas y congruentes con las demandas y con las demás pretensiones de las partes, deducidas oportunamente en el pleito. Harán las declaraciones que aquéllas exijan, condenando o absolviendo al demandado y decidiendo todos los puntos litigiosos que hayan sido objeto del debate. El tribunal, sin apartarse de la causa de pedir acudiendo a fun- damentos de hecho o de Derecho distintos de los que las par- tes hayan querido hacer valer, resolverá conforme a las normas aplicables al caso, aunque no hayan sido acertadamente citadas o alegadas por los litigantes. 2. Las sentencias se motivarán expresando los razonamientos fácticos y jurídicos que conducen a la apreciación y valoración de las pruebas, así como a la aplicación e interpretación del de- recho. La motivación deberá incidir en los distintos elementos fácticos y jurídicos del pleito, considerados individualmente y en conjunto, ajustándose siempre a las reglas de la lógica y de la razón. 3. Cuando los puntos objeto del litigio hayan sido varios, el tri- bunal hará con la debida separación el pronunciamiento corres- pondiente a cada uno de ellos. Os elementos destacados denotam o que de mais preciso colhemos no processo democrático. Sem isso, o processo mergulhará na sombra do abuso e da opressão. Não parece aceitável acatar qualquer decisão que não amparada pela fundamentação e publicidade. A escuridão combina com os regimes opressores e minoritários, jamais com os caros valores democráticos.

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