Revista da EMERJ - V. 21 - N. 1 - Janeiro/Abril - 2019

 R. EMERJ, Rio de Janeiro, v. 21, n. 1, p. 42 - 91, Janeiro-Abril. 2019  49 ejerzan para dar la máxima eficacia a las medidas de detección y represión respecto de esos delitos teniendo debidamente en cuenta la necesidad de ejercer un efecto disuasivo en lo referente a la comisión de esos delitos (art. 3.6 CNUN). Pero con el decomiso no termina la estrategia de tratar de difi- cultar que los delincuentes se enriquezcan y disfruten de los enormes beneficios que obtienen de una forma lícita para además permitir la re- iteración de sus conductas y para obstaculizar la acción de la Justicia, por cuanto se va a dar cabida al delito de blanqueo de capitales que, de esta forma, queda anudado de sus inicios al tráfico de drogas 23 , dato que no conviene olvidar a la hora de estudiar la doctrina jurisprudencial surgida en materia de decomiso, esencialmente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Un instrumento auxiliar del que también se dotó el ordenamiento jurídico español y en el que algunos, en aquél momento, creyeron ver una debilidad "o un exceso, según se mire" del Estado, que al ver cómo ha fracasado la Administración de Justicia en la persecu- ción, juzgamiento y sanción del narcotráfico, y en el decomiso de sus beneficios, recurrían a este nuevo delito del blanqueo de capitales 24 . En la actualidad el blanqueo de capitales se ha independizado a nivel interno e internacional 25 , si bien mantiene una relación fundamental con el crimen organizado y la corrupción 26 , debido a las enormes cantidades de dinero que se generan con las conductas ubicables en ese concepto. 23 FABIÁN CAPARRÓS, E. A. (1993): "Consideraciones de urgencia sobre la Ley Orgánica 8/1992, de 23 de diciembre, de modificación del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de tráfico de drogas". Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales , t. 46, f. 2, p. 585 y ss.; MANZANARES SAMANIEGO, J. L. (1988): "Aproximación al comiso del nuevo artículo 344 bis e) del Código Penal (Ley Orgánica 1/1988, de 24 de marzo, de reforma del Código Penal en materia de tráfico ilegal de drogas. «B.O.E.» de 26 del mismo mes". Boletín de Información del Ministerio de Justicia , n.º 1500‑1502, pp. 3795 y ss.). 24 PALOMO DEL ARCO, A. (2004): "Asistencia internacional en la delincuencia económica", VV.AA . : El fenómeno de la internacionalización de la delincuencia económica . Madrid: Consejo General del Poder Judicial, p. 110. 25 KEESOONY , S. (2016) : “International anti-money laundering laws: the problems with enforcement”. Journal of Money Laundering Control , vol. 19, n.º 2, pp. 132 y ss. ; BERDUGO GÓMEZ DE LA TORRE , I., FABIÁN CAPARRÓS, E. A. (2011), "La «emancipación» del delito de blanqueo de capitales en el Derecho penal español". En: MUÑOZ CONDE, F., LORENZO SALGADO, J. M., FERRÉ OLIVÉ, J. C., CORTÉS BECHIARELLI, E., NÚÑEZ PAZ , M. A. (dirs.): Un Derecho penal comprometido: Libro homenaje al prof. Dr. Gerardo Landrove Díaz . Valencia: Tirant lo Blanch, pp. 117 y ss. 26 LEVI , M. (2015): “Money for crime and money from crime: Financing crime and laundering crime procedes”. Euro- pean Journal on Criminal Policy and Research , n.º 21, pp. 277 y ss.; AI , L. (2012): “A cost‑effective strategy of implementing international anti‑corruption initiatives”. Journal of Money Laundering Control , vol. 16, n.º 1, pp. 83 y ss. Tal y como señala FABIÁN CAPARRÓS , E. A. (2013): "Corrupción y delincuencia socioeconómica: cohecho transnacional y blanqueo de capitales". Cuadernos Digitales de Formación , n.º 8, p. 3, entre la corrupción y el lavado de activos hay una relación de mutua interacción, por cuanto en ocasiones es "[…] la corrupción la que sirve al blanqueo, relajando deliberadamente el control de las transacciones sospechosas; en otras ocasiones, es el lavado el que sirve a la corrupción, reciclando las ganancias detraídas del ejercicio ilícito del poder público".

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