Revista da EMERJ - V. 20 - N. 3 - Setembro/Dezembro - 2018
R. EMERJ, Rio de Janeiro, v. 20, n. 3, p. 159 - 179, Setembro - Dezembro. 2018 169 solución. Evitando que el conflicto se produzca o intentando que éste sea resuelto por las propias partes involucradas en el mismo, se evitará la inter- vención judicial excesiva y por tanto una saturación del sistema de admi- nistración de justicia. En este sentido, es necesario que desde los poderes públicos se tome conciencia de que evitando los conflictos o, en su caso, ofreciendo a los particulares nuevas vías para la gestión y resolución de los mismos, distintas a la jurisdiccional, se conseguirá una evidente mejora del panorama actual. Para ello hay que tener en cuenta las resistencias que se van a pro- ducir desde diversos sectores, habiendo de permitir que éstos participen activamente en el cambio, a fin de consensuar soluciones que den una respuesta adecuada a cada conflicto y permitan recuperar la confianza de los ciudadanos en la Justicia. 2. Reticencias a su implantación Este cambio, no sólo de sistema, sino de mentalidad, se habrá de enfrentar a no pocos obstáculos. Así, en primer lugar podríamos hablar de la resistencia de los distintos operadores jurídicos. En este sentido, los abogados están llamados a desempeñar un pa- pel fundamental en el cambio. Motivos de tradición jurídica hacen que los abogados se muestren poco proclives hacia un cambio de las consolidadas instituciones jurisdiccionales clásicas y, por tanto, reacios a la utilización de nuevos mecanismos de resolución de conflictos. Existe un evidente temor hacia lo desconocido y estos mecanismos aún hoy lo son. En otras ocasiones, son razones meramente económicas las que ha- cen a los abogados desconfiar o, directamente, renegar de la utilización de estos mecanismos alternativos de resolución de conflictos, toda vez que el uso de los mismos les puede suponer un menor rendimiento económico si el conflicto ya está iniciado y se resuelve de forma más rápida, cuando no los ven como una seria amenaza o intromisión en su labor profesional si dicho conflicto se resuelve sin su concurso y con la intervención de otros profesionales. Frente a estos recelos hay que tratar de informar y formar a los abo- gados sobre el objeto y finalidad de estos «nuevos» métodos de gestionar y solventar disputas, lo que además les va a proporcionar una nueva perspecti-
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NTgyODMz