Revista da EMERJ - V. 20 - N. 3 - Setembro/Dezembro - 2018
R. EMERJ, Rio de Janeiro, v. 20, n. 3, p. 115 - 141, Setembro - Dezembro. 2018 115 ¿Quiénes Son los Verdaderos Formalistas en la Teoría de la Decisión Judicial? Juan Antonio García Amado Catedrático de Filosofía del Derecho. Universidad de León (España). RESUMEN: Partiendo de la distinción entre teorías formalistas de la validez jurídica y teorías formalistas de la decisión judicial, se señala que en el siglo XX las teorías formalistas de la validez judicial, como la de Kelsen, han sido, como todo el iuspositivismo de la época, teorías antiformalistas de la decisión judicial, mientras que el formalismo de la decisión de los jueces lo heredaban las doctrinas iusmoralistas, que afirman la única respuesta correcta para cada caso y niegan o convierten en excepcional la discrecionalidad judicial. El actu- al neoconstitucionalismo principialista y ponderador es una de esas doctrinas formalistas de la decisión judicial. En su forma canónica de hoy, viene marca- do por la síntesis que hace Alexy entre la jurisprudencia de conceptos alemana y Dworkin, a lo que Alexy añade un método acabado de ponderación. De esa manera, este constitucionalismo principialista y ponderador es una especie de reflejo invertido de aquella metafísica decimonónica de la jurisprudencia de conceptos. Por esa vía, la metafísica alemana sigue hoy impregnando la teoría del derecho continental, y muy especialmente en Latinoamérica. PALABRAS CLAVE: Formalismo. Decisión judicial. Ponderación. Neo- constitucionalismo. Jurisprudencia de valores. Alexy. Argumentación. 1. Planteamiento de la cuestión y breves notas so- bre algunos mitos y lugares comunes del consti- tucionalismo de nuestros días. En la actual teoría y filosofía del derecho, y creo que de manera muy destacada en Latinoamérica, están muy extendidos una serie de lugares co- munes que podríamos sintetizar del siguiente modo, atendiendo nada más
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