Direito em Movimento - Volume 19 - Número 1 - 1º semestre - 2021
116 Direito em Movimento, Rio de Janeiro, v. 19 - n. 1, p. 108-149, 1º sem. 2021 ARTIGOS romano era consciente de su pertenencia a un imperio global – mundial. (STEIN, 2001, pp. 53 – 54). En este, las ciudades y los municipios de las provincias eran las sedes de la vida política, administrativa y judicial. Las tierras de los latifundistas possessores y potentiores ( nobilitas de las élites y de las clases senatoriales municipales dirigentes) y el comercio, terrestre y marítimo, nacional e internacional, eran los principales motores de su riqueza. Con la llegada y el asentamiento migratorio de los nuevos pueblos del este de Europa, en Galia, Italia e Hispania (siglo V d. C.), bajo el pa- trocinio de los ejércitos germanos (Honoríacos) (PAULI OROSII, VII, 40, 9.), traidores a Roma (PAULI OROSII, VII, 40, 9.), la parte occidental del Imperio romano se resquebraja (PAULI OROSII, VII, 40, 9.), (Hydacio, Chron. 220 – 245 (XVI – XVII)). La percepción de imperio desaparece. El aislamiento se apodera de los nuevos reinos. Estos, inicialmente, tienen límites territoriales no definidos y menores a las viejas provincias romanas. En este periodo post - romano, la agricultura adquirió hegemonía so- bre el comercio y las mercancías. De forma progresiva, la tierra se convirtió en la fuente principal de generación de patrimonios y capitales. En este contexto, los caudillos militares germanos rápidamente establecieron las nuevas reglas del derecho público, para la distribución de la riqueza de la tierra. (D´ORS, BOE, 2014). Desde la óptica del derecho privado, si creemos a E. Levy “la pro- piedad privada constituyó la base del derecho de bienes en los primitivos reinos en suelo romano, tanto para la población germánica como para la romana (LEVY, 1951, p. 84). Sin embargo, primero hubo una fase histórica de encuentro y de contactos mutuos. Según San Isidoro, de forma primi- genia, los germanos se regían por los usos y costumbres de sus naciones (SAN ISIDORO, VII, 34, 7 – 8). No conocían el Derecho romano. En los últimos decenios del siglo IV d. C., fruto de sus asentamientos en tierras del orbe, en calidad de federados y huéspedes del emperador Teodosio, aquellos entraron en relación, de forma progresiva, con la cultura y la civilización del Bajo Imperio:
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NTgyODMz